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Revista del Foro 106
utilización se han visto forzados quienes consiguen socios de favor que realmente no quieren
pero que resultan indispensables porque el derecho, en su estrechez e ineptitud, los exige. Se
extinguiría así, para bien del derecho y de la realidad, una importante franja de
organizaciones simuladas, en las que el interesado único en el negocio social busca la
colaboración de socios ficticios porque sólo así alcanzara el doble beneficio de la
personalidad jurídica y de la limitación de la responsabilidad” (Gaviria, Gutierrez, p. 225)
En sentido contrario, como explica Figueroa Reinoso (no obstante rechazarlas), existen
muchas objeciones contra la admisión de la Sociedad Unipersonal tales como:
“-Este es uno de los principales argumentos para negar la existencia de la sociedad
unipersonal, sustentada en el criterio lógico y etimológico en el cual una sociedad siempre
debe ser de dos, aunando a la férrea fijación con la teoría contractualista.
-Transgrede el principio de unidad e indivisibilidad del patrimonio y la consecuente
responsabilidad personal e ilimitada del empresario con todos sus bienes presentes y futuros.
Bajo este criterio, la sociedad unipersonal es el potencial instrumento de fraude, dado que el
socio único limita su patrimonio para no pagar a terceros.
-El socio único decide sobre la gestión empresarial sin compartir su poder;
consecuentemente, al poder exclusivo corresponde responsabilidad ilimitada. Dado que las
decisiones del único socio no son impugnables, él puede hacer lo que quiera, abusando del
ejercicio del poder y además limitando a su antojo su responsabilidad, situación diferente en
la sociedad, en la cual el socio abusivo si responde con responsabilidad ilimitada, gracias a la
fiscalización de los demás socios.
-Disminuye el nivel ético de los negocios. Con la existencia de la sociedad unipersonal se
promueve el fraude y aumenta el uso indiscriminado de sociedades sin control,
-Desplaza el riesgo hacia los acreedores. Al ser una sociedad de un solo socio, el acreedor no
tiene la seguridad de contar con una capacidad suficiente para asumir las obligaciones de la
sociedad, lo que si sucede con las sociedades, donde gracias a la unión de dos socios, si
pueden enfrentar las deudas sociales.
-La introducción de la sociedad unipersonal será inútil, porque el empresario que limite su
responsabilidad no encontrará crédito en el mercado, si no compromete su patrimonio libre.
Este tipo de sociedad unipersonal no es atractiva para el financiamiento, dado que
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