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Revista del Foro 106



         utilización se han visto forzados quienes consiguen socios de favor que realmente no quieren

         pero que resultan indispensables porque el derecho, en su estrechez e ineptitud, los exige.  Se
         extinguiría  así,  para  bien  del  derecho  y  de  la  realidad,  una  importante  franja  de
         organizaciones  simuladas,  en  las  que  el  interesado  único  en  el  negocio  social  busca  la
         colaboración  de  socios  ficticios  porque  sólo  así  alcanzara  el  doble  beneficio  de  la

         personalidad jurídica y de la limitación de la responsabilidad” (Gaviria, Gutierrez, p. 225)
         En sentido contrario, como explica Figueroa Reinoso (no obstante rechazarlas), existen
         muchas objeciones contra la admisión de la Sociedad Unipersonal tales como:
         “-Este  es  uno  de  los  principales  argumentos  para  negar  la  existencia  de  la  sociedad

         unipersonal, sustentada en el criterio lógico y etimológico en el cual una sociedad siempre
         debe ser de dos, aunando a la férrea fijación con la teoría contractualista.
          -Transgrede  el  principio  de  unidad  e  indivisibilidad  del  patrimonio  y  la  consecuente
         responsabilidad personal e ilimitada del empresario con todos sus bienes presentes y futuros.

         Bajo este criterio, la sociedad unipersonal es el potencial instrumento de fraude, dado que el
         socio único limita su patrimonio para no pagar a terceros.
         -El  socio  único  decide  sobre  la  gestión  empresarial  sin  compartir  su  poder;
         consecuentemente, al poder exclusivo corresponde responsabilidad ilimitada. Dado que las

         decisiones del único socio no son impugnables, él puede hacer lo que quiera, abusando del
         ejercicio del poder y además limitando a su antojo su responsabilidad, situación diferente en
         la sociedad, en la cual el socio abusivo si responde con responsabilidad ilimitada, gracias a la
         fiscalización de los demás socios.

         -Disminuye el nivel ético de los negocios. Con la existencia de la sociedad unipersonal se
         promueve el fraude y aumenta el uso indiscriminado de sociedades sin control,
         -Desplaza el riesgo hacia los acreedores. Al ser una sociedad de un solo socio, el acreedor no
         tiene la seguridad de contar con una capacidad suficiente para asumir las obligaciones de la

         sociedad, lo que si sucede con las sociedades, donde gracias a la unión de dos socios, si
         pueden enfrentar las deudas sociales.
         -La introducción de la sociedad unipersonal será inútil, porque el empresario que limite su
         responsabilidad no encontrará crédito en el mercado, si no compromete su patrimonio libre.

         Este  tipo  de  sociedad  unipersonal  no  es  atractiva  para  el  financiamiento,  dado  que



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