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concentración de todas sus participaciones en un solo titular (sociedad unipersonal)”,
reconociéndose por esta vía las dos formas de unipersonalidad societaria, originaria y
sobrevenida. (Jequier. Lehuedé, 2011)
Años más adelante, con la Directiva 2009/102/CE del Parlamento Europeo, expedida el 16
se septiembre de 2009 reitera el sistema de limitación de responsabilidad para beneficiar al
empresario individual en todo el territorio de la Unión Europea.
Sociedad Unipersonal Privada de responsabilidad limitada (Proyecto de Directiva).
El 28 de mayo de 2015, el Consejo de la UE ha acordado un texto transaccional para un
proyecto de Directiva que tiene por objeto la creación de un nuevo estatuto para las
sociedades unipersonales privadas de responsabilidad limitada, a la que denomina SUP.
El proyecto de Directiva tiene por objetivo facilitar las actividades transfronterizas de las
empresas, especialmente de las PYME, y la creación de sociedades unipersonales en calidad
de filiales en otros Estados miembros, al reducirse los costes y cargas administrativas que
implica la creación de estas empresas. Esto permitirá a las empresas aprovechar plenamente
las ventajas del mercado interior. Para alcanzar este objetivo, el proyecto de Directiva crea
un marco común que regula el establecimiento de sociedades unipersonales, como un tipo
especial de sociedad. Hasta la fecha el Proyecto de Directiva no ha sido aprobado.
De aprobarse la Directiva, los Estados miembros tendrían que velar por que sus sistemas
jurídicos nacionales contemplen un tipo de sociedad que cumpla las normas comunes que
establece la Directiva. La forma jurídica se determinaría a nivel nacional. Se utilizaría la
misma abreviatura en toda la UE: SUP (Societas Unius Personae). Los elementos
principales del acuerdo son los siguientes:
- Registro en línea: Una novedad destacada del proyecto de Directiva es que la SUP
puede registrarse en línea utilizando los modelos facilitados por los Estados miembros. Con
ello se pretende facilitar la actividad económica con vistas a la creación de crecimiento y
empleo, de conformidad con la Agenda Digital de la UE.
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