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Revista del Foro 106





         3.5.   Chile.
          Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (EIRL).
         Sobre ella expresa Jequier Lehuedé, (2011): “constituye sin duda un primer antecedente del

         reconocimiento definitivo en Chile de la unipersonalidad societaria, en su vertiente originaria
         o sociedad con un solo socio. Por eludir precisamente esta última figura, en cuanto alternativa
         para limitar la responsabilidad del empresario individual, el legislador patrio optó por la
         EIRL sin imaginar, probablemente, que por esa vía abría una pequeña ventana hacia el

         definitivo reconocimiento de la sociedad de capital unipersonal, en su versión más resistida
         doctrinalmente como es la unipersonalidad fundacional.”
         Es así como Chile decidió introducir las Empresas individuales de Responsabilidad Limitada
         en febrero del año 2003 mediante la Ley 19.587 (D.O. de 11 de febrero de 2003), dicha ley

         regula esta modalidad en 18 artículos los cuales establecen las pautas de cómo se regirá su
         constitución, desarrollo, transformación y disolución de las mismas.   Sus características
         principales son:


         -      Cualquier  persona  natural  o  jurídica  puede  constituir  una  Sociedad  de

         Responsabilidad Limitada. Incluso los extranjeros que tengan RUT y Residencia Definitiva.
         Como su nombre indica, es una sociedad formada solo por 1 persona, y llevará su nombre o un
         nombre de fantasía relacionado con su objeto.
         -      Con la creación de la EIRL se separa el patrimonio propio del patrimonio de la

         empresa.
         -      La base imponible para las personas jurídicas de primera categoría es más baja que
         para las personas naturales, lo cual es una ventaja para su utilización.
         -      No existe capital mínimo para constituir este tipo de sociedades.

         -      En  términos  tributarios,  por  aplicarse  las  mismas  reglas  de  las  sociedades  de
         responsabilidad limitada, la EIRL se convierte en agente retenedor de tributos o impuestos de
         los contribuyentes que le prestan servicios. Ello, es una desventaja en relación al ejercicio de

         empresario independientes.
         -      Existe perjuicio y penas por el hecho de otorgar contratos simulados entre el creador
         de la EIRL y ésta.


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