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“Las necesidades que impulsan a las instituciones a modernizarse, en cuanto al uso de
herramientas tecnológicas de la información y comunicación, son, entre otras, facilitar
la posibilidad de resolución de los conflictos y mejorar el acceso a la justicia. El impacto
de las TIC ha hecho que en sede de mediación los conflictos puedan resolverse
valiéndose de diversos tipos de dispositivos electrónicos. La mediación electrónica es,
pues, aquel instrumento de resolución extrajudicial de conflictos que se caracteriza por
el uso de las nuevas tecnologías, de manera que todas o algunas sesiones puedan
llevarse a cabo de manera virtual a través de procedimientos electrónicos.31” (p.17)
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Dicha autora sobre la mediación electrónica, señala, que el SIMA atiende conflictos
laborales de ámbito estatal, o cuyos convenios colectivos son estatales, y también
atiende a conflictos que se generen en empresas con varios centros de trabajo, ubicados
en distintas comunidades autónomas, las cuales tienen sus propios organismos de
resolución de conflictos; no obstante ello el SIMA debe procurar que los procedimientos
se rijan por los principios de gratuidad, celeridad, igualdad procesal, audiencia de las
partes, contradicción e imparcialidad, buscando la máxima efectividad y agilidad en su
desarrollo. Para ello, las normas de funcionamiento y procedimiento del SIMA,
aprobadas por la Comisión de Seguimiento del ASAC el día 10 de septiembre de 2015,
prevén el uso de las tecnologías de la información y la comunicación, con la finalidad de
facilitar la mencionada celeridad. Ejemplo de ello se aprecia en las notificaciones y
citaciones, puesto que se establece la posibilidad de que quede consignada la fecha y
hora de su recepción, no solo a través de la firma física, sino que también se establece la
opción de que sea a través de la firma electrónica, facilitando y agilizando así dicha
recepción.” (pp. 17-18)
Así, también menciona Ballester, como otro ejemplo de la aplicación de las TIC, el uso
de la videoconferencia, para casos en que las posibles mediaciones se celebren fuera de
la sede del SIMA, y para ello se requiere tener acceso a internet, webcam, altavoces,
micrófono, cuenta de correo e impresora con conexión a un ordenador. (p.18)
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