Page 332 - Revista Del Foro 106 2019
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              Estados Unidos y Europa en los que su uso es más completo y sustenta al 100% todo el
              sistema de solución de conflictos; es decir todo el proceso es en línea dejando de ser las
              TIC solo una herramienta de apoyo.

              Siendo  el  acceso  a  la  justicia  un  derecho  fundamental  que  se  relaciona  con  una
              necesidad de la población, los Estados hacen bien en aplicar los MARC dejando al
              Poder Judicial la solución de controversias más complicadas y han adoptado también
              aplicar  las  TIC  para  un  resultado  más  eficiente  y  célere,  lo  que  viene  generando
              resultados satisfactorios en la solución de conflictos de diversas materias.

              En pleno siglo XXI no se puede desconocer la importancia de las TIC en el ámbito

              privado y en el ámbito público, siendo en este último ámbito en el que en el Perú, por
              ejemplo, ha emitido la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública al
              2021, siendo el principal instrumento orientador de la modernización de la gestión
              pública en el Perú y la indicada política nacional tiene como eje transversal al Gobierno
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              Electrónico. También ha regulado la Ley de Firmas y Certificados (Ley N° 27269), los
              documentos electrónicos con valor legal creando la figura del Fedatario Juramentado
              con Especialización en Informático (D.Leg. 681) y ha dispuesto el uso del correo
              electrónico progresivo, entre otras disposiciones legales.

              Asimismo, el promover el uso de los MARC y fomentar la Cultura de la Paz, son
              funciones, que en el Perú  están reguladas y se han asignado al Ministerio de Justicia y

              Derechos  Humanos  a  través  de  la  Dirección  de  Conciliación  Extrajudicial  y
              Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos, unidad orgánica de la Dirección
              General de Defensa Publica, que se encarga de planificar, promover y programar el
              desarrollo, funcionamiento e institucionalización de la Conciliación Extrajudicial a
              nivel nacional, así como de promover otros MARC, regula también el Arbitraje Popular.

              Sobre la modernización de las instituciones y el uso de las TIC, Ballester (2017) indica
              que:













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