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Revista del Foro 106
3.1. La Argumentación Jurídica desde el punto de vista Ético.
Antes de abordar éste tema, abordaré la argumentación jurídica desde el punto de vista
ético, de los abogados patronos y de los juzgadores, ya el tema es interesante, pero demasiado
extenso.
Así, debemos realizar la distinción entre la argumentación del juez y la del abogado, la
cual es totalmente diferente, destacando las siguientes divergencias:
a) El juez toma una decisión; el abogado toma una postura.
b) El juez trata de justificar; el abogado trata de convencer.
c) El juez funda y motiva con leyes; el abogado trata de demostrar con pruebas.
d) El juez utiliza argumentos veraces y justificables; el abogado utiliza argumentos, a
veces veraces y en ocasiones falaces.
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e) El juez utiliza argumentos formales; el abogado utiliza argumentos retóricos.
3.1.1. La argumentación jurídica desde el punto de vista ético, respecto a los
abogados patronos.
Abogar es un ejercicio argumentativo, porque no hay ningún acto que realice un abogado
en el que no tenga que argumentar, ya que en caso de los abogados patronos, tienen que
hacerlo ante sus clientes para convencerlos que la estrategia que les sugiere es la mejor;
después tiene que argumentar ante la autoridad, esto es, ante los jueces o tribunales, para
persuadirlos, y convencerlos que la postura que sostiene en nombre de la parte que
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representa, es la correcta.
Así, el abogado patrono, está obligado a allegarse de conocimientos tendientes a
representar los intereses del contendiente que representa, lo que recae en su obligación de
realizar argumentos jurídicos debidamente fundados y motivados, que debe acreditar
fehacientemente, para que en su momento procesal oportuno, logre un fallo favorable: ello al
acudir en demanda de justicia, en caso de representar a la parte actora, o al ocurrir a
excepcionar a su representado, en caso de patrocinar al demandado, tratándose en estos
supuestos obviamente de casos civiles, familiares o mercantiles.
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