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Revista del Foro 106



             d) Motivación aceptable: Además de los requisitos señalados en los anteriores
                 modelos y que debe reunir la motivación, también debe ser aceptable, esto es
                 está condicionada por el grado de aceptabilidad respecto a los destinatarios a
                 quien va dirigida la argumentación, y para lograrlo se puede utilizar como
                 criterio de corrección los siguientes:
                    1) Criterio  de  no  refutación,  significa  que  una  motivación  será  más
                        correcta y por lo tanto aceptable cuando los enunciados normativos,
                        los criterios de interpretación, justificación y las reglas que utilicen no
                        sean refutables.
                    2) Criterio de respeto al presente, el cual exige mantener decisiones

                        anteriores o en su defecto justificar la variación, pues los casos nuevos
                        deben resolverse de acuerdo a casos semejantes anteriores quien se
                        aparte de ese antecedente debe dar razones para ello.
                    3) Criterio de saturación, conforme a lo que señala ALEXY en una
                        argumentación  se  exige  que  se  pongan  de  manifiesto  todas  las
                        premisas utilizadas en un argumento.  22


         2.4. Requisitos de la motivación judicial
                  La motivación que se emplea en sede judicial deberá de contar con un armazón
         organizativo racional a la resolución judicial, esto debido a que siendo la sentencia un
         conjunto de varias decisiones, éstas deberán estar bien ligadas de manera coherente.
             ·   La motivación debe ser expresa y enunciar taxativamente las razones que
                 concluyeron con el sentido de la resolución, pues de lo contrario incurriría en
                 uno de los vicios más frecuentes que más adelante mencionaremos.
             ·   Una adecuada motivación deberá justificar externamente la decisión, esto es,
                 los argumentos utilizados en las premisas deberán ser aceptados por las partes
                 y para ello el juez indicará el por qué elige esos enunciados, de tal forma que
                 sean congruentes entre sí.
             ·   La motivación deberá satisfacer el requisito de completitud, es decir, ha de
                 ser  completa  y  para  ello  deberá  de  abocarse  a  todos  y  cada  una  de  las

                 pretensiones de las partes, así como respaldar jurídicamente el valor otorgado
                 a cada una de las pruebas.





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