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Revista del Foro 106
Ø Sirve para individualizar los motivos de la impugnación, lo que no significa
que ésta pueda ser impugnada únicamente por los motivos que aparecen
explícitamente en la sentencia.
Ø Ser un medio para lograr mayor confianza del ciudadano en la administración
de justicia.
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Ø Constituir una actividad de autocontrol del Poder Judicial.
2.3. Justificaciones en la toma de decisiones Judiciales
Como ya quedó señalado la mayoría de las definiciones sobre la motivación se
refieren a las cuestiones de derecho y por ello la podemos analizar la justificación de
las razones, que llevan al juez a considerar, que el caso concreto encuadra en la norma
jurídica.
De acuerdo al grado de corrección de la motivación y la suficiencia de su
argumentación se puede distinguir entre motivación suficiente, completa, correcta y
aceptable:
a) Motivación suficiente: Es la motivación que es considerada como válida, esto
es, al conjunto de elementos presentes en la explicación o justificación de una
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decisión judicial y que la hacen que sea considerada como válida. Para
BENEÝTEZ MERINO la motivación de una sentencia se considera
suficiente cuando en el proceso argumentativo las razones aducidas se
corroboran hasta el punto de producir la racional aceptabilidad de la
afirmación como verdadera; es decir cuando genere la suposición fundada de
que una, hipotética generalidad de personas aceptaría como verdadera la
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afirmación discutida.
b) Motivación completa: Es la motivación racionalmente correcta, esto es, al
conjunto de elementos que necesariamente deben aparecer en la explicación
o justificación de una decisión judicial y que hacen que ésta pueda ser
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considerada como racionalmente correcta.
c) Motivación correcta: Es la motivación correcta el conjunto de elementos que
deben estar presentes en la explicación o justificación de una decisión judicial
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para que ésta pueda ser considerada como éticamente correcta.
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