Page 238 - Revista Del Foro 106 2019
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“Frecuentemente el principal y más grande obstáculo que debe enfrentar una reforma
política se encuentra entre quienes deben aprobarla y ejecutarla. Los partidos y sus
líderes, si está de por medio la posibilidad de que pudieran ser afectados sus intereses, o
mermada su influencia, suelen postergar su discusión y cuando se ven enfrentados a
considerarla interponen toda clase de obstáculos para que siga su curso legal. Es obvio
que el objetivo principal de la reforma debe ser buscar la cooperación y un balance entre
representación y gobernabilidad, estabilidad y representación además de la eficacia del
régimen político, reequilibrando las relaciones entre el Ejecutivo y el Legislativo y
estableciendo mecanismos que faciliten la cooperación y la toma de decisión sin descuidar
los niveles de supervisión y control, entonces la confianza en los procesos electorales, desde
una perspectiva subjetiva, depende de que estos se perciban como justos (limpios), precisos
(claros) y eficientes (adecuación de los medios a los fines). Esa aproximación parte de la
premisa según la cual una manera de determinar la calidad de las elecciones consiste en
verificar la valoración que de las mismas hacen los actores críticos del proceso. Una reforma
electoral tendiente a incrementar la calidad de los comicios, según lo indicado, puede
procurar mejoras en la estructura y funciones de los organismos, en los procesos de gestión,
en la competencia partidista y en los mecanismos de control electorales. En materia de
transparencia, el asunto no es sólo cómo controlar a los organismos electorales sino cómo
controlar a los partidos y a los políticos en lista. Ello plantea varios problemas, entre ellos,
por la conceptualización jurídica de los partidos políticos, la heterogeneidad de los partidos
en cuanto a su estructura y el control de los aportes económicos. ¿En nuestro País
necesitamos realmente una reforma electoral o es necesaria una reforma Constitucional que
haga integra una norma del sistema electoral en su conjunto por la dinamicidad de la
democracia? Entendiéndose que Reformar, desde el punto de vista gramatical, significa
innovar, cambiar o darle nueva forma a algo en la misma acepción puede entenderse también
como modificación, variación, corrección o enmienda, cuando ese concepto se aplica en el
campo del derecho, entonces se habla de movimientos o procedimientos tendientes a variar
el texto de una ley o parte de ella, para adaptarla en mayor medida a la realidad social del
momento; de tal suerte que cuando se dice reformas legales, indiscutiblemente que se hace
referencia a variar el texto o el sentido de la ley. Bajo ese parámetro, en un sistema jurídico las
reformas a las leyes constituyen un acto reiterado que llevan a la práctica los órganos del
Estado facultados para tal fin. Así La actividad política no se agota en las urnas en el acto de
emisión/recepción del voto, ni en la militancia partidista activa encaminada a alcanzar el
poder.
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