Page 238 - Revista Del Foro 106 2019
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“Frecuentemente el principal y más grande obstáculo que debe enfrentar una reforma
         política  se  encuentra  entre  quienes  deben  aprobarla  y  ejecutarla.  Los  partidos  y  sus
         líderes, si está de por medio la posibilidad de que pudieran ser afectados sus intereses, o
         mermada su influencia, suelen postergar su discusión y cuando se ven enfrentados a
         considerarla interponen toda clase de obstáculos para que siga su curso legal. Es obvio

         que el objetivo principal de la reforma debe ser buscar la cooperación y un balance entre
         representación y gobernabilidad, estabilidad y representación además de la eficacia del
         régimen  político,  reequilibrando  las  relaciones  entre  el  Ejecutivo  y  el  Legislativo  y
         estableciendo mecanismos que faciliten la cooperación y la toma de decisión sin descuidar
         los niveles de supervisión y control, entonces la confianza en los procesos electorales, desde
         una perspectiva subjetiva, depende de que estos se perciban como justos (limpios), precisos
         (claros) y eficientes (adecuación de los medios a los fines). Esa aproximación parte de la
         premisa según la cual una manera de determinar la calidad de las elecciones consiste en
         verificar la valoración que de las mismas hacen los actores críticos del proceso. Una reforma

         electoral  tendiente  a  incrementar  la  calidad  de  los  comicios,  según  lo  indicado,  puede
         procurar mejoras en la estructura y funciones de los organismos, en los procesos de gestión,
         en la competencia partidista y en los mecanismos de control electorales. En materia de
         transparencia, el asunto no es sólo cómo controlar a los organismos electorales sino cómo
         controlar a los partidos y a los políticos en lista. Ello plantea varios problemas, entre ellos,
         por la conceptualización jurídica de los partidos políticos, la heterogeneidad de los partidos
         en  cuanto  a  su  estructura  y  el  control  de  los  aportes  económicos.  ¿En  nuestro  País

         necesitamos realmente una reforma electoral o es necesaria una reforma Constitucional que
         haga  integra  una  norma  del  sistema  electoral  en  su  conjunto  por  la  dinamicidad  de  la
         democracia? Entendiéndose que Reformar, desde el punto de vista gramatical, significa
         innovar, cambiar o darle nueva forma a algo en la misma acepción puede entenderse también
         como modificación, variación, corrección o enmienda, cuando ese concepto se aplica en el
         campo del derecho, entonces se habla de movimientos o procedimientos tendientes a variar
         el texto de una ley o parte de ella, para adaptarla en mayor medida a la realidad social del
         momento; de tal suerte que cuando se dice reformas legales, indiscutiblemente que se hace
         referencia a variar el texto o el sentido de la ley. Bajo ese parámetro, en un sistema jurídico las

         reformas a las leyes constituyen un acto reiterado que llevan a la práctica los órganos del
         Estado facultados para tal fin. Así La actividad política no se agota en las urnas en el acto de
         emisión/recepción del voto, ni en la militancia partidista activa encaminada a alcanzar el
         poder.
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