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Revista del Foro 106



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         igualdad  y  de  solidaridad”.  Dicha  generación  alcanzó  su  máxima  expresión  con  “La
         Declaración Universal de los Derechos Humanos”, del 10 de Diciembre de 1948,  emitida
         por  la  Organización  de  las  Naciones  Unidas  (ONU).  Los  derechos  contenidos  en  esta

         Declaración, tuvieron diferentes clasificaciones:
                    ü Garantía económica-social y cultural.
                    ü Garantía jurídica política.
                    ü Garantía procesal-institucional.
                 Es ineludible que al surgir la garantía jurídica, entre otras, emerge la seguridad hacia
         el ciudadano de que las resoluciones que emita la autoridad, deben ser fundadas y motivadas,
         e inherente a ello, la argumentación jurídica es factor fundamental para tal fin.



         1.1. Definición de argumentación jurídica.
         Debe considerarse que en la actualidad, en el auge del tema, existen varias definiciones, las
         cuales proporcionan un bosquejo de que es la argumentación jurídica, y tomando como base
         esas definiciones, es factible puntualizar:
         Para Manuel Atienza, es una actividad que consiste en dar razones a favor o en contra de una
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         determinada tesis, que se trata de sostener o de refutar. Para Anthony Weston, es ofrecer un
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         conjunto de razones o de pruebas en apoyo de una conclusión.  La argumentación jurídica se
         concretiza relacionando premisas, a la luz vinculante de los principios y demás cánones
         lógicos pertinentes, para obtener secuencial y correctamente, conclusiones que, según el
         caso, afirme o nieguen la subsunción del hecho en la hipótesis jurídica o afirmen o nieguen la

         validez o invalidez, o la vigencia formal o real de la norma jurídica dada o afirmen o nieguen
         la  pertinencia  o  impertinencia,  o  la  aplicabilidad  o  inaplicabilidad  o  la  compatibilidad
         incompatibilidad de la norma jurídica al caso concreto.

         Es decir, la argumentación consiste en esgrimir una serie concatenada de razonamientos
         convenientemente expuestos, para persuadir al destinatario de la veracidad o validez de
         una tesis que, por lo general, no está demostrada fehacientemente con anterioridad, y al
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         llevarlo a las disciplinas jurídicas surge la argumentación jurídica.  Con lo que podemos









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