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Revista del Foro 106
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igualdad y de solidaridad”. Dicha generación alcanzó su máxima expresión con “La
Declaración Universal de los Derechos Humanos”, del 10 de Diciembre de 1948, emitida
por la Organización de las Naciones Unidas (ONU). Los derechos contenidos en esta
Declaración, tuvieron diferentes clasificaciones:
ü Garantía económica-social y cultural.
ü Garantía jurídica política.
ü Garantía procesal-institucional.
Es ineludible que al surgir la garantía jurídica, entre otras, emerge la seguridad hacia
el ciudadano de que las resoluciones que emita la autoridad, deben ser fundadas y motivadas,
e inherente a ello, la argumentación jurídica es factor fundamental para tal fin.
1.1. Definición de argumentación jurídica.
Debe considerarse que en la actualidad, en el auge del tema, existen varias definiciones, las
cuales proporcionan un bosquejo de que es la argumentación jurídica, y tomando como base
esas definiciones, es factible puntualizar:
Para Manuel Atienza, es una actividad que consiste en dar razones a favor o en contra de una
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determinada tesis, que se trata de sostener o de refutar. Para Anthony Weston, es ofrecer un
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conjunto de razones o de pruebas en apoyo de una conclusión. La argumentación jurídica se
concretiza relacionando premisas, a la luz vinculante de los principios y demás cánones
lógicos pertinentes, para obtener secuencial y correctamente, conclusiones que, según el
caso, afirme o nieguen la subsunción del hecho en la hipótesis jurídica o afirmen o nieguen la
validez o invalidez, o la vigencia formal o real de la norma jurídica dada o afirmen o nieguen
la pertinencia o impertinencia, o la aplicabilidad o inaplicabilidad o la compatibilidad
incompatibilidad de la norma jurídica al caso concreto.
Es decir, la argumentación consiste en esgrimir una serie concatenada de razonamientos
convenientemente expuestos, para persuadir al destinatario de la veracidad o validez de
una tesis que, por lo general, no está demostrada fehacientemente con anterioridad, y al
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llevarlo a las disciplinas jurídicas surge la argumentación jurídica. Con lo que podemos
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