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Revista del Foro 106
II. LA CODIFICACIÓN EN EL PERÚ
Como Estado, el Perú elaboró el primer Código Civil de Sudamérica, el de 1852, en
época en la que varias naciones latinoamericanas tenían el mismo propósito. El código
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peruano Influyó en varios países, y en muchos juristas, como los de Venezuela.
Nótese que en la misma fecha se promulgó el Código de Enjuiciamientos Civiles. En
1853 se promulgó el Código de Comercio; y, en 1863 se promulgaron dos códigos,
el Código Penal y el Código de Enjuiciamientos en dicha materia. El Código de
Enjuiciamientos Civiles de 1852 derogó importantes normas del Poder Judicial,
como el Reglamento de los Tribunales y el Tribunal de los Siete Jueces.
Uno de los juristas notables fue Manuel Lorenzo de Vidaurre quien representó al Perú
en el Congreso Anfictiónico de Panamá, convocado por Bolívar para conseguir la
unidad de América. A dicho Congreso de 1826 solo concurrieron Perú, la Gran
Colombia y México.
El 23 de junio de 1834 el Supremo Tribunal encomendó a Manuel Lorenzo de
Vidaurre y Encalada la redacción del Proyecto de Código Civil. Después se
constituyó una Comisión Revisora con la participación del tacneño Nicolás de
Araníbar (1767 -1851), el lambayecano Justo Figuerola (1771-1854) y el arequipeño
Manuel Pérez de Tudela (1774 – 1853). Como colaborador figura el limeño José
Cabero y Salazar (1776 -1837).
La obra de Vidaurre se publicó como Proyecto, pero no tuvo sanción legislativa, pues
se trataba de un autor innovador en una sociedad conservadora. Eran días en los que
coincidía el Código Bi nacional de Santa Cruz, de Perú y Bolivia, que tuvo breve
vigencia.
Como antecedentes debemos tener presente al Código Francés de 1804, con temas
importantes que se debatían ante opiniones diversas, ya que se estimaba que la
población culta era del 10% y que las mayorías no estaban representadas en los
debates.
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