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Revista del Foro 106



              Mediante escritura pública de compra venta de fecha 11-03-1991 aclarada mediante

              escritura pública de fecha 05-04-1991 (asiento 1-c de la Ficha Nº 406340 que continua
              en la P.E. Nº 42388564); el señor José Carlos Ferias Sánchez de estado civil soltero
              vende la totalidad del predio al señor Cesar Ricardo Guerra Tirado, el cual en su
              condición  de  titular  registral  realiza  diversas  ventas  de  acciones  y  derechos.  Sin
              embargo, en el asiento D00003 (pág. 22) de la P.E. Nº 42388564 se anota la DEMANDA

              de Nulidad de Acto Jurídico interpuesta EDITH ADRIANA TINTA JUNDO DE FERIA
              contra JOSE CARLOS FERIA SANCHEZ y CESAR RICARDO GUERRA TIRADO;
              dejándose en claro que este último titular siguió realizando diversas ventas de acciones

              y derechos.
              En el asiento D00009 (pág. 52) y  D000013 (pág. 57) de la P.E. Nº 42388564 se inscribe
                                                                         11
              la SENTENCIA DE CASACION Nª 2117-2001 de fecha 08-07-2002; mediante la cual
              se declarar fundada la demanda registrada en el asiento D00003 y en consecuencia
              NULO el acto jurídico   de escritura pública de compra venta de fecha 11-03-1991,

              aclarada mediante escritura pública de fecha 05-04-1991 (asiento 1-c de la Ficha Nº
              406340 que continua en la P.E. Nº 42388564).
              Sin  embargo,  a  pesar  de  dicha  inscripción  de  sentencia  de  NULIDAD  DE ACTO
              JURIDICO,  en  el  área  registral  se  siguió  inscribiendo  contratos  de  compra  venta

              realizados por el señor Cesar Ricardo Guerra Tirado, mediante resolución Nº 1787 –
              2017 – SUNARP – TR – L de fecha 14 de agosto del 2017 el Tribunal Registral ordena al
              registrador  realizar  la  rectificación  y  el  cambio  al  rubro  correspondiente  de  la
              mencionada sentencia del  RUBRO D al RUBRO C (dominio).
         Asimismo, mediante publicidad Nº 505906 del 22-01-2018 el usuario solicitado certificado
         registral inmobiliario de la partida en mención, dejándose constancia en la sección de la
         rogatoria de la solicitud que desea el certificado registral inmobiliario a nombre del titular-
         registral CESAR RICARDO GUERRA TIRADO, mediante















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