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Revista del Foro 106




         es efectivamente un trabajo cuando se ejerce libremente por parte de una persona mayor de
         edad, de manera voluntaria y consentida; no lo es cuando esta se realiza bajo un régimen
         forzado de esclavitud, violencia, coacción o cualquier otro factor que limite o vulnere la
         libertad de la persona.



         El Trabajo Sexual consentido supone el ejercicio libre y voluntario, en el que la entrega
         sexual es a cambio de una contraprestación económica con el total consentimiento de la
         trabajadora sexual; en tanto que el Trabajo Sexual forzado se ejerce en el mismo sentido, pero

         bajo coacción o presión derivada de una situación de violencia, intimidación o abuso. Estas
         dificultades de definición tienen que ver con distintos factores. En primer lugar, todavía hoy
         no está definido ni claro en absoluto cuál es el “problema” al que se intenta hacer frente
         cuando nos proponemos enfrentar de alguna manera el fenómeno social de las Trabajadoras
         Sexuales.  Por  un  lado,  observamos  que  en  el  ámbito  internacional  las  convenciones

         internacionales, las propuestas legislativas, nuevas leyes o las declaraciones políticas de
         distinto origen, que insisten en que el objetivo es acabar con el abuso y la explotación a los
         que se ve sometido un número considerable de personas, mujeres y niñas en su mayor parte,

         que  son  coaccionadas  o  empujadas  por  la  necesidad  a  practicar  la  prostitución  en  una
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         auténtica situación de esclavitud, por lo que se estarían refiriendo a la prostitución forzada.

         Sin embargo, la paradoja aparece cuando observamos que la mayor parte de las medidas
         políticas, municipales y policiales van dirigidas más bien a controlar los problemas de orden

         público  que  desencadena  el  ejercicio  del  trabajo  sexual  consentido  en  las  calles  y
         establecimientos sin Licencia de Funcionamiento: Controles y redadas policiales con el
         objeto de desalojar a trabajadoras sexuales y clientes; decisiones de los gobiernos locales de

         “prohibir”, bajo sanción de multa, el trabajo sexual ofrecido en determinadas zonas, calles o
         locales no autorizados. Sin desconocer los problemas sociales y de orden moral que genera el
         ejercicio del trabajo que realizan las trabajadoras sexuales en los espacios públicos, para










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