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Revista del Foro 106
la ley no se les aplique por igual en el caso de locales que si cuentan con Licencia de
Funcionamiento Municipal.
Respecto al trabajo sexual considerado como “ilegal” no es más que un rezago de la
legislación del siglo pasado, donde si era aplicable el término de legal, ilegal o clandestino,
pues de acuerdo a la Ley N° 4891- Ley de Vagancia, vigente desde el 18 de Enero de 1924
hasta el 14 de mayo de 1986 (Derogada por Ley N° 24506), las trabajadoras sexuales que se
sustraían de inscribirse como prostitutas en los Padrones correspondientes y no cumplían
con las prescripciones defensivas de la salud y de la higiene, además de ser calificadas como
“vagas”, pasaban a la clasificación de “prostitutas clandestinas o ilegales”, puesto que no se
cumplía con lo normado en la ley y el único trabajo sexual aceptado como legal, era aquel en
donde la Trabajadora Sexual se reconocía como tal y se acercaba ante la autoridad a recabar
su Carnet de Prostituta y cumplía con los requisitos que establecía la normatividad vigente;
en el otro extremo la prostituta clandestina, era perseguida, detenida y encarcelada. La Ley
de Vagancia ya no existe, pero el Estigma lamentablemente aún prevalece hasta la fecha
como un rezago inquisitivo en la mente de quienes prefieren seguir viendo a la Trabajadora
Sexual, más que como víctima, como una infractora de la Ley, cuando en realidad cuando
esta persona es mayor de edad y decide voluntariamente ser una Trabajadora Sexual como
forma de subsistencia, no es ni victima ni infractora de la Ley. Es a partir de estos supuestos
supuesto que el trabajo sexual suele ser considerado por un sector de la sociedad como un
fenómeno social estigmatizado, ilícito, rechazado, inmoral, vergonzoso, etc.; pero al
margen de ello no es una actividad ilegal. No existen Trabajadoras Sexuales, ilegales ni
clandestinas en el Perú.
III. Trabajo Sexual Consentido o Trabajo Sexual Forzado
La legislación nacional no hace distingos entre Trabajo Sexual consentido y Trabajo Sexual
forzado. Este vacío ha generado dos corrientes de opinión, aquellos que piensan que es un
trabajo y que como tal las personas tienen derecho a elegir cómo y en qué condiciones
quieren ejercerlo; y las que consideran que es una esclavitud sexual, que genera violencia de
género, y que, por lo tanto, hay que caminar hacia su erradicación. Y es allí donde
encontramos la confusión de quienes opinan al respecto, pues no se percatan que son dos
opiniones con presupuestos de configuración muy diferentes. El trabajo sexual,
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