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Revista del Foro 106




         ello, en el Derecho, los principales argumentos interpretativos son los denominados criterios
         de interpretación.


         2.1. Criterio gramatical o literal



         Denominado también criterio literal, en el sentido que las disposiciones a interpretar son
         palabras y las mismas se encuentran contenidas en documentos normativos escritos, siendo
         que “el criterio de interpretación literal se justifica desde la idea de que los derechos y, en
         general, el Derecho, son expresados en un texto escrito” (AVILÉS, 2004, pág. 73).


         Asimismo, se establece que la interpretación debe ser realizada conforme al sentido de las
         palabras, así tenemos que este criterio “exige interpretar enunciados normativos atendiendo
         al sentido propio de las palabras que los componen” (ROIG, 1995, pág. 187).


         Surge  entonces,  el  inconveniente  de  establecer  a  qué  sentido  de  la  palabra  hacemos
         referencia, la de un lenguaje natural o de un lenguaje técnico jurídico, además que una misma
         palabra sea dentro del lenguaje natural o del lenguaje jurídico puede contener distintos
         significados, esta situación problemática descrita es la denominada indeterminación en el
         criterio gramatical o literal.


         En ese contexto, se sostiene que para realizar una interpretación correcta con el criterio
         gramatical no implica argumentar en la literalidad de las palabras, sino por el contrario darle
         un significado más amplio y o restrictivo a las mismas, “es correcta cualquier interpretación

         que atribuye a un texto normativo no su significado literal más inmediato, sino un significado
         distinto: interpretación extensiva e interpretación restrictiva” (GUASTINI, 2001, págs. 31-
         32).

         Así pues, el criterio literal se presenta como una técnica de interpretación básica, aunque no
         única  ni  excluyente,  que  permitirá  al  intérprete  poder  analizar  la  norma,  además  de











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