Page 170 - Revista Del Foro 106 2019
P. 170

Revista del Foro 106



                 dejar a ésta autoridad certificadora sujeta a todo tipo de controles, fiscalizaciones y
                 responsabilidades que puedan ser exigibles por la Ley”.



                 Complementando su idea el mencionado autor establece que: “Por otra parte, si así

                 no fuera, y no se designase al Notario como autoridad certificadora, y ministro de fe
                 de las actuaciones informáticas, será imposible contar con un instrumento público, y
                 solamente deberíamos remitirnos a la existencia de un simple documento privado.


           3.2.  Justificación Específica: En este punto, es importante determinar cuáles fueron las

                 consideraciones de la exposición de motivos de la Ley N° 28186, los cuales se
                 describen de manera expositiva en los anexos y, en el fondo, resaltan que parte de las
                 obligaciones que tienen los deudores tributarios es de permitir el control por la
                 Administración Tributaria de las declaraciones, informes, libros de actas, registros,
                 libros  contables  y  demás  documentos  relacionados  con  hechos  generadores  de
                 obligaciones tributarias y que éstas deben conservarse mientras el tributo no esté

                 prescrito. Dejando expresa constancia que la norma tributaria de la materia permite
                 el microfilmado para su conservación, sin embargo, consideran en la determinación
                 del costo beneficio facilitar las labores de la administración tributaria y asegurar que
                 en caso de denuncias por defraudación tributaria se cuente con la pruebas necesarias
                 para la evaluación de la conducta de los involucrados.



                 Es decir, esta exposición de motivos que a su propia lectura establece que es facilidad
                 de los administrados utilizar la tecnología de la micrograbación para conservar la
                 información  generadora  de  obligaciones  tributarias,  los  parlamentarios
                 consideraron que es más importante, que la administración tributaria que otorgó
                 aquellas facilidades, pueda “leer” más fácilmente un documento en formato papel
                 que en formato digital y asimismo, determina la calidad probatoria de documentos

                 para ser utilizados en procesos judiciales.









                                               169
   165   166   167   168   169   170   171   172   173   174   175