Page 78 - Revista Del Foro 106 2019
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Revista del Foro 106



          “Art. 18.-  Recurso de agravio constitucional. Contra la resolución de segundo grado que

          declara infundada o improcedente la demanda, procede recurso de agravio constitucional
          ante el Tribunal Constitucional, dentro del plazo de diez días contados desde el día siguiente
          de notificada la resolución. Concedido el recurso, el Presidente de la Sala remite al Tribunal
          Constitucional el expediente dentro del plazo máximo de tres días, más el término de la

          distancia, bajo responsabilidad.”
         Ahora analicemos los siguientes supuestos:
         Un proceso en primera instancia demora aproximadamente 20 días, siempre y cuando no
         exista apelación u otro medio de defensa;  si existiesen medios de defensa y apelaciones el

         promedio para resolver es de dos meses aproximadamente; sin embargo estos plazos no se
         cumplen, ya que existe una demora excesiva en el tiempo en el cual se califica la demanda y
         se proveen los escritos.
          Por otro lado, si se llega a dar un agravio constitucional, el expediente es elevado al Tribunal

          Constitucional donde no se ha establecido un tiempo límite para resolver. Como podemos
          observar  nos  encontramos  ante  un  problema  en  los  procesos  constitucionales,
         específicamente en el amparo para que se resuelvan.
         Lo que se pretende con la presente investigación es corregir estas deficiencias para que el

         ciudadano que acuda a estas instancias encuentre una justicia rápida que proteja sus derechos
         cuando estos han sido vulnerados.


         MATERIAL Y MÉTODOS

         En el desarrollo del presente artículo de ha aplicado el método deductivo debido a que “se
         parte  de  datos  generales  aceptados  como  válidos  para  llegar  a  una  conclusión  de  tipo
         particular”
         El diseño de la investigación es no experimental-transversal-descriptivo. Es transversal

         debido a que no se manipularon deliberadamente las variables. Así mismo es transversal
         debido a que se “recolectan datos en un solo momento, en un tiempo único. Su propósito es
         describir variables y analizar su incidencia e interrelación en un momento dado”.
         La muestra estuvo conformada por 30 abogados colegiados en Lima.






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