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          legal que aparentemente terminó en 2007,  cuando la Corte Suprema de Colombia falló que a
          la parte recurrente – Sea Search Armada – le correspondía el 50% de la carga del “San José”

          que no fuera considerada por las autoridades como patrimonio cultural de la nación.


          En 2010 Sea Search Armada inició acciones legales contra Colombia en Estados Unidos por
          14,000 millones de dólares, que culminaron tres años más tarde con una derrota legal para la
          empresa cazatesoros al darle la justicia estadounidense la razón al Estado Colombiano. Casi
          paralelamente Colombia aprobaba la ya mencionada Ley 1675, con el fin de blindar al país

          frente a cualquier reclamo internacional sobre “el patrimonio de todos los colombianos”, en
          palabras del ex – presidente Santos.


          Además  de  la  Ley  1675,  un  fallo  del  Consejo  de  Estado  estableció  que  el  patrimonio
          histórico y cultural no puede quedar en manos de privados. No podemos ocuparnos en

          extenso del fallo del Consejo de Estado de Colombia, pero destacaremos que señala que en
          Colombia    se  considera  como  patrimonio  arqueológico  "[Los  Bienes]  Muebles  o
          inmuebles que sean originarios de culturas desaparecidas, o que pertenezcan a la época
          colonial, así como los restos humanos y orgánicos relacionados con esas culturas. Los
          objetos aquí incluidos deben tener representatividad, que resultan significativos para el
          conocimiento; singularidad, que los hace únicos o escasos en relación con los demás

          bienes  conocidos;  estado  de  conservación  e  importancia  científica,  potencial  para
          aportar a un mejor conocimiento histórico, y repetición, que enmarca la cualidad de un
          bien o un conjunto de bienes que resultan similares”.  Este último punto es clave, ya que el
          alto tribunal considera que las monedas y lingotes de oro y plata no se les debe considerar
          automáticamente  como  tesoro.  El  Consejo  Nacional  de  Patrimonio  Cultural  tiene  la

          competencia exclusiva de evaluar  y calificar dichos bienes.


          La posición de España y del nuevo gobierno colombiano
          Desde el anuncio del “descubrimiento” del pecio del “San José” la posición española ha
          sido conciliadora, haciendo expresa reserva de su derecho de “Decidir qué actuaciones se
          adoptarán con arreglo a lo que entendemos que es patrimonio subacuático y el respeto a
          las convenciones de la Unesco a las que nuestro país se comprometió hace muchos
          años”.  Esta declaración del entonces secretario de Estado de Cultura, José María Lassalle,


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