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Revista del Foro 106
Las transacciones a cero o bajo costo, o mediando figuras que terminen por
minimizar o cancelar los costos y ganancias no tributarias de las partes
involucradas.
- Transacciones a cero o bajo costo, o mediando figuras que terminan por
minimizar o cancelar los costos y ganancias no tributarias en las partes
involucradas.
- Empleo de figuras legales, empresariales, actos, contratos, o esquemas no
usuales que contribuyan al diferimiento de los ingresos o rentas o a la
anticipación de gastos, costos o pérdidas.
· La SUNAT deberá realizar el análisis de los actos, situaciones o relaciones
económicas considerando —con carácter enunciativo y sin que sean
prescriptivos ni acumulativos— los siguientes aspectos:
- La manera en que se celebran y ejecutan.
- Su forma y sustancia.
- El tiempo o período en el cual se celebran y la extensión del período durante el
cual se ejecutan.
- El resultado alcanzado bajo las normas del tributo específico bajo análisis, como
si la Cláusula Anti-elusiva General no aplicase.
- Los cambios en la posición legal, económica o financiera del sujeto fiscalizado,
que resultaron, resultarán o que sea razonable esperar que resulten de los actos o
situaciones analizadas.
- Los mismos cambios mencionados en el acápite anterior, pero sobre cualquier
persona que tiene o ha tenido conexión (de negocios, familiar, o de otra
naturaleza) con el sujeto fiscalizado.
- Cualquier otra consecuencia para el sujeto fiscalizado o para cualquier persona
que tiene o ha tenido conexión (de negocios, familiar, o de otra naturaleza) con
aquel, derivada de la celebración o ejecución de los actos o situaciones
analizadas.
- La naturaleza de la conexión (de negocios, familiar, u otra naturaleza) entre
sujeto fiscalizado y cualquier persona afectada por el (los) acto(s) o de la
configuración de las situaciones o relaciones económicas.
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