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Revista del Foro 106





                        Las transacciones a cero o bajo costo, o mediando figuras que terminen por
                        minimizar  o  cancelar  los  costos  y  ganancias  no  tributarias  de  las  partes
                        involucradas.
                    - Transacciones  a  cero  o  bajo  costo,  o  mediando  figuras  que  terminan  por
                        minimizar  o  cancelar  los  costos  y  ganancias  no  tributarias  en  las  partes
                        involucradas.
                    -   Empleo de figuras legales, empresariales, actos, contratos, o esquemas no
                        usuales  que  contribuyan  al  diferimiento  de  los  ingresos  o  rentas  o  a  la
                        anticipación de gastos, costos o pérdidas.



                ·   La  SUNAT  deberá  realizar  el  análisis  de  los  actos,  situaciones  o  relaciones
                    económicas  considerando  —con  carácter  enunciativo  y  sin  que  sean
                    prescriptivos ni acumulativos— los siguientes aspectos:


                    - La manera en que se celebran y ejecutan.
                    - Su forma y sustancia.
                    - El tiempo o período en el cual se celebran y la extensión del período durante el
                      cual se ejecutan.
                    - El resultado alcanzado bajo las normas del tributo específico bajo análisis, como
                      si la Cláusula Anti-elusiva General no aplicase.
                    - Los cambios en la posición legal, económica o financiera del sujeto fiscalizado,
                     que resultaron, resultarán o que sea razonable esperar que resulten de los actos o
                     situaciones analizadas.
                    - Los mismos cambios mencionados en el acápite anterior, pero sobre cualquier
                     persona  que  tiene  o  ha  tenido  conexión  (de  negocios,  familiar,  o  de  otra
                     naturaleza) con el sujeto fiscalizado.
                    - Cualquier otra consecuencia para el sujeto fiscalizado o para cualquier persona
                     que tiene o ha tenido conexión (de negocios, familiar, o de otra naturaleza) con
                     aquel,  derivada  de  la  celebración  o  ejecución  de  los  actos  o  situaciones
                     analizadas.

                    - La naturaleza de la conexión (de negocios, familiar, u otra naturaleza) entre
                     sujeto  fiscalizado  y  cualquier  persona  afectada  por  el  (los)  acto(s)  o  de  la
                     configuración de las situaciones o relaciones económicas.

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