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Revista del Foro 106




          La variable principal es el estándar de la verdad material, que coadyuva a este nuevo tipo
          penal  propuesto  y  la  punición  a  quien  testifico  en  falso,  en  instancia  judicial,
          específicamente en el juicio oral, es este testigo el cual debe tener el apercibimiento de decir
          la verdad, y no solamente el tipo penal de acción de falsedad de testimonio como ya esta

          tipificado en nuestro ordenamiento jurídico,   Nuestro ordenamiento exige una medida
          punitiva y estándares más altos que generen elementos de convicción de alta calidad al Juez
          de juzgamiento, para una mejor administración de justicia en nuestro país.
           LA VERDAD representa un juicio sobre la relación de conocimientos, esto es, de que esa

          relación de conocimiento entre el sujeto que conoce y el objeto por conocer ha culminado
          con éxito, conforme a su finalidad, pues existe identidad, adecuación o conformidad entre
          la representación ideológica del objeto por el sujeto que conoce y el objeto mismo, como
          realidad  ontológica.  MAIER,  julio.  Derecho  Procesal  Penal:  parte  general.  Tomo  I,

          Editores del Puerto S.R.L., p. 843.
          En dogmática se discute la doble dimensión del concepto de verdad: verdad material/
          verdad formal. La primera de ellas tiene que ver con el interés público, propio del derecho
          procesal penal, en averiguar la verdad histórica, real u objetiva, pues al estado no le interesa

          el  castigo  de  un  inocente.  La  segunda  de  ellas  tiene  que  ver  con  el  objeto  en  el
          procesamiento privado que se basa principalmente en el principio de aportación de parte,
          que limita las prestaciones privadas al ámbito de lo que puede probarse.
          No obstante, autores como Nieva Fenoll, sostienen que la discusión o distinción entre

          verdad  material  y  verdad  formal  constituyen  una  discusión  verdaderamente
          sobredimensionada, pues aun cuando no se la haya alcanzado, o no sea posible, se puede
          dictar sentencia en el proceso. Ello implica la constatación de algo cierto, que en el proceso
          penal no siempre se obtiene.

          VARIABLE
          La punición de la mentira forense a través de la introducción del tipo penal de perjurio en
          los delitos contra la administración de justicia en el código penal peruano, para elevar el
          estándar probatorio en el análisis de los órganos de prueba en la etapa de Juicio Oral,

          ponderando las garantías constitucionales de la persona.





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