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el principio de fe pública registral y se le considerará totalmente válido su derecho. Y con
respecto al verdadero titular de los derechos representados por esos tokens, este
únicamente podrá exigir la indemnización por los daños que se le ocasionó mediante dicha
transferencia.
2.2.4. Publicidad registral
El principio de publicidad registral establece una presunción absoluta de que toda persona
conoce el contenido del Registro. Dicha presunción se fundamenta en la publicidad
jurídica que el Registro otorga a todos los actos y derechos inscritos (publicidad material) y
a la posibilidad de que toda persona pueda acceder al Registro y revisar su contenido
(publicidad formal).
La aplicación de este principio, en especial de la presunción, a la tecnología Blockchain es
en este momento muy complicado. La Blockchain es una tecnología que requiere de ciertos
conocimientos previos para poder ser utilizada, y somos consientes de que en la actualidad,
el pueblo peruano no está listo para utilizarla. Por lo cual, no se cumpliría con la publicidad
formal, ya que el acceso a la base de datos descentralizada no está garantizada para toda la
población. Es en la aplicación de este principio que podemos observar, más que en
cualquier otro, que van a tener que pasar varios años para que esta tecnología pueda ser
utilizada como herramienta en el sistema de Registros Públicos peruano. Consideramos
que la Blockchain no podrá cumplir totalmente con este principio, al menos no podría
aplicarse la presunción absoluta ya que sería totalmente contrario a la realidad asumir que
todos conocen el contenido de la base de datos descentralizada. Únicamente aquellos que
ya están familiarizados con esta tecnología, podrían gozar de las ventajas que un Registro
Público en Blockchain podría ofrecer.
2.2.5. Tracto sucesivo
Es en la aplicación de este principio, que podemos observar una de las más grandes
ventajas que la tecnología Blockchain ofrece al sistema de Registros Públicos. El tracto
sucesivo implica que para que se inscriba un derecho en el Registro, primero debe ya estar
inscrito el derecho del cual emana, a menos que se trate de la primera inscripción.
Aplicando dicho principio a la Blockchain, podemos observar que el cumplimiento del
tracto sucesivo está materialmente asegurada debido a la existencia de la cadena de
bloques, en la cual van encontrarse registradas de manera sistemática todas las cada una de
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