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Revista del Foro 106




         efectivamente refleje lo que se da en la realidad. En la Blockchain no es posible modificar y
         mucho menos cancelar una transacción, porque la criptografía hace que la Blockchain sea
         inmutable, lo cual en principio debería ser una suerte de garantía para todos los nodos de que
         sus  transacciones  están  seguras  y  que  no  pueden  modificarse.   Ahora  bien,  no  pueden

         modificarse transacciones ni eliminarse (por el momento, porque ya se está trabajando en la
         creación de protocolos en los cuales ello sea posible), sin embargo, si es posible que debido a
         la existencia de una inexactitud entre la realidad de la Blockchain y la realidad off chain, que
         se realice una nueva transacción respecto a los mismos derecho y que en esta ocasión, esa
         transacción si refleje la realidad off chain. Por lo tanto, consideramos que si es posible
         rectificar la Blockchain sin necesidad de modificar una transacción, es más, al realizar dicha
         acción, será posible observar en la base de datos descentralizada tanto la anterior transacción
         (inexacta) y luego observar la nueva transacción (exacta). Siendo este principio, aplicable en

         a través de la Blockchain.


         2.2.3. Fe pública registral
         Este principio está íntimamente relacionado con el principio de legitimación. El tercero
         registral que de buena fe confía en la exactitud del Registro, no puede ser perjudicado por las
         inexactitudes de este cuando realiza transacciones de carácter patrimonial y la inscribe en el
         Registro. Claro está que la aplicación del principio se sustenta en la buena fe del tercero. Si el
         tercero conocía la inexactitud del Registro, entonces operó de mala fe y su título no será
         válido, permitiéndose aplicarse la figura de la rectificación.
         Que un tercero realice una transacción de mala fe en Blockchain es menos probable que en la

         realidad, teniendo en cuenta que Blockchain fue diseñado con el propósito de que sea posible
         realizar transacciones entre personas desconocidas. Sin  embargo,  en aquel caso que se
         pruebe que un nodo conocía el origen fraudulento de una transacción, entonces sería posible

         que un juez ordene que aquel nodo realice una nueva transacción, transfiriendo los tokens a
         su verdadero propietario, corrigiéndose de esa manera el contenido de la base de datos
         descentralizada.
         En caso contrario, si un  tercero que confía en la exactitud de la Blockchain  adquiere tokens
         (que representen el derecho de propiedad de un inmueble por ejemplo) de un nodo que
         aparece como titular en la base de datos descentralizada, pero que en realidad creó esos
         tokens    en  base  a  un  título  fraudulento,  entonces,  el  tercero  será  protegido  por


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