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Revista del Foro 106


         debe tratar de convencer al juez de que sus argumentos sirven de apoyo a los intereses de sus
         clientes, de tal suerte que si son persuasivos, el juez los hará suyos y los plasmará en los
         considerandos de su sentencia.

         Algo importante a señalar es que la argumentación le ofrece al abogado las técnicas para
         incrementar su capacidad persuasiva en el proceso de negociación de un conflicto que puede
         involucrar  intereses  de  tipo  familiar,  mercantil,  etc.  Por  ende,  la  finalidad  de  la
         argumentación es lograr convencer al juez o tribunal de la pertinencia de  la tesis que sostiene

         el  abogado,  mismo  que  deberá  tomar  en  cuenta:  el  objeto  que  persigue  y  la  estrategia
         argumentativa que utilizará para lograrlo identificar con toda objetividad de los hechos y el
         valor  jurídico  que  tiene  y  diseñar  adecuadamente  el  discurso  con  orden,  coherencia  y
         cohesión para lograr convencer al juez y utilizar técnicas argumentativas suasorias para
         presentarlas en sus alegatos de apertura y clausura.
         En otro orden de ideas, desde la perspectiva judicial, se debe ser cuidadoso, porque el

         juzgador, debe acatar su deber constitucional de fundar y motivar sus determinaciones, por lo
         que, al motivar, debe considerarse los siguientes aspectos:
         a)      La motivación que se emplea en sede judicial, deberá de contar con un armazón
               organizativo racional a la resolución judicial, esto debido a que la sentencia es un

               conjunto de varias decisiones, éstas deberán estar bien ligadas de manera coherente.
         b)      La  motivación  debe  ser  expresa  y  enunciar  taxativamente  las  razones  que
               concluyeron con el sentido de la resolución.

         c)      Una adecuada motivación deberá justificar externamente la decisión, esto es, los
               argumentos utilizados en las premisas deberán ser aceptados por las partes, y para ello
               el juez indicará el por qué elige esos enunciados, de tal forma que sean congruentes
               entre sí.

         d)      La motivación deberá satisfacer el requisito de completitud, es decir, ha de ser
               completa y para ello deberá de abocarse a todas y cada una de las pretensiones de las
               partes, así como respaldar jurídicamente el valor otorgado a cada una de las pruebas.
         e)      La claridad también debe ser una característica de la motivación y para ello deberán
               utilizar un lenguaje accesible, no sólo para los abogados sino también para las partes.

         f)      Los  argumentos  que  se  emplean  en  la  motivación  tendrán  la  cualidad  de  ser
               compatibles entre sí, y evitar contradicciones e incongruencias.



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