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Revista del Foro 106



                  del Código Civil de 1984,  pero si en el art. 75  inc. g)  del Código de los Niños y

                  Adolescentes, sobre Suspensión de la Patria Potestad   por  Alienación Parental
                  existente.
              c) El Bulliying  ¿se puede eliminar?
                  Se   trata de un problema de conducta en los colegios, cuando los maestros no

                  cumplen  con  su  deber  de  educar  e  impedir  que  los  mayores    o  muchachos
                  acomplejados, abusen de otros niños por diversas razones. El derecho comparado
                  ha tratado el tema para prevenir, sancionar y eliminar   estos casos de violencia
                  infantil y juvenil.

                  Los padres  de  familia  deben actuar  en sus propios hogares y también en forma
                  asociativa, para evitar   que ocurran casos que a veces figuran en las páginas
                  policiales   y que   afectan   las relaciones de solidaridad y de amistad que debe
                  primar  entre  condiscípulos  de  colegios  y  escuelas  con  niños  que  sufren  las

                  consecuencias de este fenómeno  social.
                  Aun cuando las leyes no son una varita mágica se debe regular la conducta de niños
                  y  niñas    y  la  supervisión  adecuada  de  maestros  y  autoridades  para  evitar
                  situaciones dolorosas, que a veces, resultan irreversibles.



           V.    RECOMENDACIONES
              1. Considero  necesario  se organice en el Colegio de Abogados de Lima: Comisiones
                  de    estudio    e  investigación  del    articulado  del  Código  Civil  en  vigor  para

                  perfeccionar su redacción teniendo presente los preceptos constitucionales  sobre
                  la igualdad de todos los ciudadanos,  sin ninguna excepción.
              2. Se podría     recomendar a todos los Colegios de Abogados de la República, que en
                  coordinación  con  las  Universidades  de  su  localidad  organicen  Talleres  de

                  investigación  para  estudiar temas de la realidad nacional como los casos de la
                  discriminación mediante el derecho, referidos a normas que contienen los códigos,
                  y  en  particular  el  Código  Civil  de  1984,    contraviniendo  –algunos  de  sus
                  numerales- expresos preceptos constitucionales.







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