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Revista del Foro 106



                c) Las vacantes y puntaje mínimo para admisión tanto en examen escrito como en
                entrevista personal.
                 d) La fecha de inicio de clases, la forma de evaluación los cursos y la nota mínima
                 aprobatoria, el local y material a requerirse.
                  e) Los cursos a dictarse, el horario, lo profesores con referencia a su currículum y
                 experiencia docente y profesional en la materia a dictarse.
                  f) El costo que incluya los impuestos de ley así como la forma de pago que incluya
                 facilidades.”

          Para efectos de evaluación académica el marco regulatorio exige la formulación de un
          promedio  ponderado  que  permita  calificar  a  los  diversos  postulantes  a  los  cursos  de

          formación de fedatarios informáticos; en tal sentido, el examen parcial presenta un peso
          ponderado ascendente al 30%, la tarea académica tiene un peso del 30%, y al examen final se
          le aplica un 40% del total de la nota, de tal forma que el uso de promedios ponderados facilita
          la elaboración de un orden de méritos justo, que esté vinculado con el esfuerzo académico e
          intelectual de cada participante, en ese orden de ideas, la entidad supervisora deberá verificar
          dicho cumplimiento, al respecto la norma reguló lo siguiente:
              “Artículo 8.- Evaluación Académica
                 La calificación de cada curso de los dos semestres académicos para obtener el
                 certificado de idoneidad técnica, se realiza de acuerdo a los siguientes criterios:
                 a) La nota final se obtendrá del promedio de:
                 - Un examen parcial (30%)
                 - Tarea Académica (30%)
                 - Un examen final (40%)

                 b) El promedio final de cada curso se obtiene del promedio de las tres notas.

                 c) La calificación es de 00 a 20.
                 d) La nota mínima aprobatoria es de 13 puntos de 20.

                 e) El curso desaprobado podrá llevarse hasta en tres oportunidades.

                 f) El  alumno  que  desapruebe  tres  veces  consecutivas  un  curso  será  separado
                   definitivamente del programa de especialización, formación y capacitación para
                   obtener certificado de idoneidad técnica para fedatario juramentado y no podrá
                   volver a ingresar ni convalidar estudios con cursos dictados por cualquier Colegio
                   de  Abogados  y/o  Notarios  o  por  Institución,  Universidad  u  otra  que  haya
                   celebrado convenio a nivel nacional para estos efectos.”

          A fin de generar un entorno exigente en la formación de los fedatarios juramentados se

          dispuso que los candidatos contaban con tres oportunidades para aprobar los cursos, la
          desaprobación  por  tercera  vez  generaba  la  separación  del  programa  de  formación  y


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