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Revista del Foro 106
modernos autores de la llamada “teoría estándar de la argumentación jurídica”. En estos
supuestos se tratará, en la mayoría de las ocasiones, de los llamados “casos fáciles”, en
contraposición a los conocidos como “casos difíciles”.
Cabe destacar que la argumentación jurídica permite la construcción de las decisiones de
un modo más claro, más evidente para el ciudadano, con independencia del estilo lingüístico
de cada juez, lo que le permitirá entender mejor los motivos de las mismas. La teoría de la
argumentación jurídica aplicada a la actividad judicial, permite también una simplificación
del trabajo de los jueces, idea que podemos enlazar con la de eficacia de la actividad
jurisdiccional. A partir del descubrimiento de los argumentos empleados por las partes, la
actividad enjuiciadora puede centrarse en la búsqueda de otros que los ratifiquen o
confirmen, o que los contrarresten, en el caso de que se haga patente una falacia, es decir, un
argumento que parezca bueno sin serlo.
Estas falacias son menos frecuentes, sin embargo, cuando existen, originan en un
primer nivel de perjuicio del justiciable, el retardo en el despacho de los negocios, y en un
segundo plano, la imposibilidad de cumplir de manera real, lo ordenado, y en tercer aspecto,
que se constituya en parte la autoridad, perdiendo su calidad de imparcial. Ello da como
resultado, que se cometan “juridicidios”, que hacen violentar el contenido de los artículos 16
y 17 constitucionales, ya que las resoluciones no resultan ser fundadas y motivadas, y mucho
menos resulta una justicia pronta, expedita e imparcial.
Así, se han suscitado resoluciones federales, que ejemplifican lo sustentado, como a
continuación se establece:
1) Tenemos así, en el primer caso, que la autoridad de primera instancia cometió el
error de no observar su calendario, y actúo en un día inhábil, lo que generó que la
autoridad federal concediera el amparo y protección federal, y ordenara que la
autoridad inferior, procediera a emitir la resolución conducente, en día hábil. Esto
generó obviamente un retardo en el despacho de los negocios, no permitiendo se
impartiera justicia pronta y expedita.
En el segundo asunto, se advierte que la autoridad federal concede un amparo,
creando una audiencia inexistente, consistente en el perfeccionamiento de
probanzas aportadas en un recurso de reclamación, no obstante que en las
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