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Revista del Foro 106
Considerando lo anterior, también se realiza una diferenciación en la normativa relacionada
al sector público del privado, obligando a este último a cumplir consideraciones normativas
que no se le exige al primero, inclusive diferenciándolo de tal manera que la fuerza de la ley
se la impone solo al privado que lo obliga a cumplir mayores requisitos.
II. PROBLEMA:
2.1. Descripción de la realidad problemática: En el Perú, a través del paso del tiempo
han existido distintas entidades del Estado a las que se les ha encargado formular y
proponer políticas nacionales y sectoriales, planes nacionales, normas, lineamientos
y estrategias en materia de Informática y Gobierno Electrónico.
Siendo que, instituciones como la Secretaría de Gobierno Digital para determinar el
funcionamiento de políticas, normas y lineamientos utilizan consideraciones de
carácter técnico y que además, han dado buenos resultados en otros países, empero,
existen otras instituciones como el Congreso de la República que, lamentablemente,
sin criterios técnicos determina consideraciones que terminan dinamitando la
posibilidad de un desarrollo empresarial destinado a la búsqueda de eficiencias a
través del uso de la tecnología. Considerando además que, las normas que emiten se
realizan con rango de ley, superponiéndose por encima de normas de menor rango,
que obligan a su cumplimiento de carácter obligatorio, creando barreras burocráticas
y eliminado fórmulas jurídicas para dejarlas sin efecto, como la posibilidad de
acceder ante la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas del INDECOPI,
ya que a pesar de carecer de razonabilidad en su objetivo, aquellas normas tienen
rango de ley.
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