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Revista del Foro 106



          e)     El Estado establecerá y promoverá en las regiones de Selva y Ceja de Selva el

            servicio  de  investigación  y  experimentación  agropecuaria,  forestal,  agroindustrial  y
            pesquera.


          El artículo 15° del Convenio N° 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) de
          1989 ha establecido que los pueblos indígenas tienen el derecho a participar en la utilización,
         administración y conservación de los recursos naturales existentes en sus tierras y territorios,

         así  como  el  derecho  a  participar  en  los  beneficios  de  los  programas  de  prospección  o
         explotación de los recursos existentes en sus tierras, los mismos que se complementan con el
         deber del Estado de brindarles protección especial. Los recursos naturales a los que se
         aplican son los renovables y no renovables, entre ellos la flora, la fauna, las aguas, los hielos,

         las zonas costeras, el ambiente, la madera, la pesca, entre otros.


          Nuestra Constitución Política de 1993 reconoce el carácter pluriétnico y multicultural del
          Perú. Se reconoce el derecho fundamental de su identidad étnica y cultural, valorando su
          cosmovisión y su aporte para la construcción de nuestra nación.



          Asimismo, mediante Resolución de Superintendencia N° 122-2013-SUNARP-SN de fecha
          29 de mayo de 2013 se aprobó la Directiva Nº 05-2013-SUNARP-SN, “Directiva que regula
          la Inscripción de los actos y derechos de las Comunidades Nativas”. Esta última Directiva
          registral identificó los actos que serían materia de inscripción en el Libro de Comunidades
          Nativas  y  Campesinas:  a)  Su  reconocimiento,  estatuto  y  sus  modificaciones;  b)  El

          nombramiento de los integrantes de su junta directiva, entre otros.


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         Según la Base de Datos de Pueblos Indígenas u Originarios, administrado por el Ministerio
         de Cultura, se ha identificado 55 pueblos indígenas u originarios. De ellos, 51 son originarios
         de la Amazonia y 4 de los Andes.

         En un estudio reciente, el Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna
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         Silvestre  (OSINFOR)  indicó  que  desde  agosto  del  año  2009  hasta  el  año






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