Page 432 - Revista Del Foro 106 2019
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Revista del Foro 106
discapacidad, etc. Estos valores están dirigidos a mejorar la supervivencia de la humanidad
ayudando a conseguir la armonía, solidaridad, paz e igualdad a los que se aspira.
Filosóficamente, de estos valores se derivan los principios, que en sentido ético son aquellos
juicios prácticos que surgen inmediatamente de la aceptación de un valor. Del valor vida
humana se origina el principio de respeto a todo ser humano, del cual se derivan la igualdad,
la no discriminación, la justicia, etc. El modelo de los derechos humanos en relación a la no
violencia significa que la violencia contra las mujeres constituye una violación de las
libertades fundamentales limitando total o parcialmente el reconocimiento, goce y ejercicio
de los derechos humanos.
En este contexto, los derechos humanos desarrollan una serie de principios generales de
interpretación que se caracterizan por ser enunciados básicos que se aplican en situaciones
donde las normas jurídicas y los hechos a interpretar son vagos e imprecisos, tener un sentido
lógico que se armoniza entre sí, servir como principios orientadores para la interpretación de
los derechos de las mujeres, para que tengan efectos prácticos y servir como fuentes
supletorias para interpretar o integrar normas y crear derechos. Estos principios son la
igualdad con perspectiva de género en la que todas las actuaciones judiciales deberán
procurar alcanzar la igualdad de los seres humanos sin distinción alguna por razones de
género, edad, etnia, discapacidad, preferencia sexual, etc.
En ese sentido, el propósito principal del presente estudio es la búsqueda incesante de
asegurar a todos los seres humanos el respeto y tutela de sus derechos, y que se tomen en
cuenta las diferencias culturales, económicas, físicas y sociales que prevalecen entre sí, para
resolver con criterio de igualdad tomando en cuenta las diferencias en concordancia a lo
establecido en el Art. 1 de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de
discriminación contra la Mujer.
La violencia contra la mujer incluye la violencia física, sexual, psicológica y patrimonial y
puede tener lugar en el ámbito privado como público. El principio busca la prevención,
detección, sanción y erradicación de la violencia para asegurar el desarrollo individual y
social de las mujeres y su plena participación en todas las esferas de la vida en concordancia
con lo establecido en la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la
Violencia contra la Mujer -Belem do Pará, hecho que es corroborado por Altamirano (2014)
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