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         de la física aristotélica íntimamente ligada también a la noción de fuerza física (Abbagnano,
         1982, p.8). En una segunda acepción, Abbagnano sostiene: "Acción contraría al orden moral,
         jurídico o político", definición que en este estudio nos interesa, pero tampoco es lo exclusivo.
         Partiendo de esta acepción, pues, se habla de cometer o sufrir un acto de violencia, aunque
         también puede ser no un acto que presupone un momento pasajero, sino "una violencia de
         consecuencias mantenidas", a veces cometidas en nombre de la ley y hasta por los que se

         autocalifican de pacifistas o también hombres de paz, de bien o de justicia. (Abbagnano,
         1982, p.8).
         Bajo este contexto, el estudio filosóficamente se enmarca dentro del modelo de los derechos
         humanos, porque todo acto de violencia constituye una vulneración a los derechos y las

         libertades fundamentales de las personas y una ofensa a su dignidad. Por otro lado, las
         consecuencias de estas formas de violencia son enormes en el ámbito individual y social, por
         lo que se considera que esta crisis de convivencia al interior de las familias y por fuera de ellas
         constituye un grave problema de salud pública, de política social y educativa y en referencia
         al servicio de justicia.

         La caracterización de los factores biológicos, psicológicos y sociales que inciden en el
         incremento de la violencia familiar y su repercusión en los Derechos Humanos se fundamenta
         en una serie de valores y principios que rigen el modelo de los derechos humanos. Valores que

         se  extraen  de  los  instrumentos  internacionales  de  protección  de  los  derechos  humanos.
         Asimismo, concebido como parte de la definición de “valor” porque este es un juicio que los
         seres humanos emiten para representar lo que significan las cosas. Su valoración dependerá
         de lo necesario que sea para las personas. No son homogéneos para todos los individuos, ya
         que son el resultado de la voluntad humana, de su libre albedrio para juzgar. En tal sentido, el

         juicio  se  verá  influido  por  creencias,  actitudes,  comportamientos,  dogmas,  etc.,  que
         experimentan las sociedades, comunidades o las personas en forma individual.
         En el ámbito moral, un valor es verdadero en función de su capacidad para hacer más

         humanos a las mujeres y a los hombres y en ese sentido por medio de la construcción del
         derecho internacional de los derechos humanos, la comunidad internacional ha establecido
         una serie de valores universales y deseables, que buscan regir el comportamiento humano. Se
         trata de aquellos valores que se fundamentan en la dignidad propia de los seres humanos, sin
         admitir  relativismos  como  circunstancias  de  sexo,  edad,  etnia,  preferencia  sexual,




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