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Revista del Foro 106
comprometido a lo que tanto anhelamos, la erradicación de la violencia hacia las mujeres,
viéndolo como una responsabilidad estatal y social, donde todos tememos que ser parte;
permitiendo así que se reconozca a la mujer como sujeto de voz, voto y derecho sobre ella
misma, sobre su cuerpo y sobre sus decisiones. No obstante, a ello, en el orden internacional
así como en el caso del Perú, existen diversas leyes que conforman un marco normativo de
protección a la mujer, toda vez, que podemos mencionar por ejemplo:
Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer -
CEDAW y su Protocolo Facultativo (2014) advierte a los Estados sobre la vulnerabilidad
que presenta la mujer afectada de violencia y están obligados a condenar la discriminación y
la violencia contra la mujer en cualquiera de sus formas, también en acoger una política
encaminada a eliminar la discriminación contra la mujer, así como políticas orientadas a
prevenir, sancionar y erradicar la violencia que se ejerce en su contra. (p.10)
En ese orden de ideas, es importante resaltar el artículo 2º, 5º, 11º, 12º y 16º de la CEDAW,
contempla que los Estados tienen la obligación de proteger a la mujer contra cualquier tipo de
violencia que se produzca en su familia, en el área laboral o en cualquier área social. En estos
tiempos la mujer está expuesta a violencia que no necesariamente se realiza en sus hogares, si
bien es más común en el hogar, en el trabajo también se ejerce la violencia, ya sea por no
aceptarlas por su condición de mujer o porque las creen inferiores a los hombres, por tanto,
estos artículos lo que procura es proteger a la mujer, erradicar la violencia hacia ellas, brindar
servicio de apoyo a las mujeres que sufrieron de violencia.
Somos de la opinión, que en condiciones de igualdad con los hombres, las mujeres gozan de
todos los derechos y libertades, así como al respeto de su autonomía, de acuerdo a la
Declaración Universal de Derechos Humanos; el Pacto Internacional de Derechos Civiles y
Políticos, aprobado en el Perú mediante Decreto Ley N°22128 el 28 de marzo de1978;el
Protocolo Internacional de Derechos Civiles y Políticos, ratificado por el Perú el 28 de abril
de 1978; el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, ratificado el
28 de abril de 1978, aprobada por Resolución Legislativa N°23432 el 4 de junio del 1982; la
Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes
(1984), ratificada por el Perú el 7 de julio de 1988, y la Convención sobre la eliminación de
todas las formas de discriminación contra la mujer.
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