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CAL: NO A LA IMPUNIDAD DE MINEROS ILEGALES QUE INVADEN CONCESIONES MINERAS FORMALES

El Colegio de Abogados de Lima (CAL), en defensa del Estado de Derecho, la seguridad jurídica y la institucionalidad democrática, expresa su rechazo ante la primera votación realizada en el Pleno del Congreso respecto a la ampliación del REINFO. Es preciso indicar que el texto aprobado por la representación nacional ha excluido: (1) La suspensión de procedimientos de exclusión del REINFO. (2) La reincorporación excepcional y la evaluación técnica en la formalización minera integral; y (3) La continuidad de trámites en el proceso de formalización minera integral. Todo ello sin afectar la fiscalización del proceso de formalización minera en el país.

No obstante, desde el CAL manifestamos nuestra máxima preocupación frente a un debate parlamentario que no toma en cuenta que el 69% de los REINFO han invadido concesiones de mineros artesanales. En Madre de Dios, por ejemplo, mineros ilegales han ocupado concesiones formales con certificación internacional ubicadas en el entorno de la Reserva Nacional Tambopata. Tal es el caso de la concesión minera El Príncipe Azul I, afectada por 11 balsas de mineros ilegales, y la concesión Abel 3, afectada por 8 balsas ilegales. En estas zonas se ha constatado deforestación y se han presentado denuncias penales sin resultados a la fecha.

Esta situación persiste porque numerosas actividades ilegales, con capacidad de extracción e impacto propias de la mediana y pequeña minería, se refugian en el REINFO para evadir obligaciones mineras, laborales, ambientales y tributarias, beneficiándose de un régimen especial que no les corresponde y afectando además la recaudación fiscal, los ingresos por canon y regalías mineras que deberían financiar servicios públicos e infraestructura en las regiones.

En ese sentido, resulta indispensable reformular la Ley de Formalización y Promoción de la Pequeña Minería y la Minería Artesanal, proponiéndose una Ley MAPE (Ley de Pequeña Minería y Minería Artesanal) que refleje adecuadamente la figura del minero artesanal como aquel que conduce una actividad minera manual o con equipamiento de bajo impacto; y del pequeño minero como aquel, que por su nivel de inversión y mecanización, debe cumplir con un concesión formal y cumplir sus obligaciones laborales, tributarias, de seguridad, ambientales y otras.

La Junta Directiva del CAL reafirma su compromiso inquebrantable con la legalidad y el desarrollo nacional. La minería formal, sostenible y responsable es un pilar fundamental para la economía del país, y el cumplimiento de las licencias, concesiones y obligaciones mineras es base para la gobernabilidad y la confianza en las instituciones.

Finalmente, el Colegio de Abogados de Lima invoca a las autoridades competentes a actuar con diligencia, celeridad y responsabilidad frente a cualquier excepción que corresponda para salvaguardar la seguridad jurídica de los concesionarios mineros formales.

Lima, 11 de diciembre de 2025

JUNTA DIRECTIVA

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