El Comité Electoral del Colegio de Abogados de Lima (CAL) informó oficialmente el número de colegiados activos (hábiles) que deberán ser considerados para el respaldo de las candidaturas a la Junta Directiva, conforme a lo establecido en el Estatuto de la Orden.
De acuerdo con el artículo 9° del Estatuto del CAL, los colegiados activos gozan del pleno ejercicio de los derechos consagrados en el Estatuto, los Reglamentos y demás disposiciones que se creen. Asimismo, el artículo 63° precisa que las listas que soliciten inscripción para la Junta Directiva deberán contar con el respaldo de no menos del tres por ciento (3 %) de los colegiados activos que figuren en la relación nominal que, al 31 de enero, debe publicarse en las sedes del CAL y en su portal electrónico institucional.
En ese contexto, y con el objetivo de brindar información clara y transparente a la comunidad gremial, el Comité Electoral pone en conocimiento de los agremiados la información estadística institucional actualizada al 15 de enero de 2026.
Según el registro del Colegio de Abogados de Lima, el total de agremiados incorporados asciende a 103,255, de los cuales 96,541 se encuentran con vida. El número de colegiados hábiles alcanza los 53,029, mientras que los colegiados inactivos suman 43,311. Asimismo, se registran 174 colegiados inhábiles, 26 exagremiados y 1 colegiado suspendido.
El Comité Electoral reafirma su compromiso de conducir el proceso electoral con transparencia, neutralidad e integridad, promoviendo una cultura electoral democrática y de paz, en estricto respeto del Estatuto y las normas que rigen la vida institucional del Colegio de Abogados de Lima.





