Se hace de conocimiento a los miembros de la Orden, que decidan postular a la elección como miembros del CONSEJO DE ÉTICA en concordancia con el Art. 14 Inc. B del Estatuto, deben cumplir con los siguientes requisitos:
- Tener cinco (05) años de abogado colegiado.
- Se requiere tener estudios de Magíster.
- Ser abogado activo y hábil (presentar Constancia de Habilidad).
- No haber ejercido cargo de Directivo del CAL en el período anterior.
- No podrán ser candidatos los actuales miembros de la Junta Directiva, Junta de Vigilancia, Comité Electoral, Consejo de Ética y Delegados, miembros de Caja de Previsión Social y otros estamentos.
- No podrán ser candidatos los que ejercieron el cargo en los diferentes estamentos en el período anterior.
- No haber sido trabajador o haber tenido vínculo laboral con el Colegio de Abogados de Lima, en el período anterior bajo ninguna modalidad.
- No haber sido sancionado disciplinariamente por la Orden.
- No estar sujeto a proceso disciplinario de acuerdo al Estatuto y Reglamento del CAL, ni a proceso judicial alguno.
- Presentar certificado y/o Declaración Jurada de no registrar antecedentes penales, judiciales, ni policiales.
- Declaración Jurada de no tener sentencia por delito doloso.
- Declaración Jurada de no estar en el registro de Deudores Alimentarios Morosos.
- Declaración Jurada de no ser abogado dependiente de ninguna entidad pública o privada con jornada completa de trabajo.
Los postulantes deberán presentar su Hoja de Vida resumida y en caso de los requisitos (4), (5), (6), (7), (8) y (9), sólo una Declaración Jurada simple; de detectarse con posterioridad a su elección que la declaración es falsa, será causal de remoción del cargo sin perjuicio de interponer contra el infractor la denuncia penal correspondiente.
Las tachas contra los candidatos deberán ser presentadas debidamente fundamentadas y sustentadas con las pruebas pertinentes, vía moción sólo el día 23 de mayo del 2025, en concordancia con el Art. 18 del Estatuto y el Reglamento de la Asamblea General, en caso de no ser debidamente improcedentes.
Los postulantes deberán presentar su Hoja de Vida y cumplir con los requisitos establecidos en la Oficina de Mesa de Partes (física) del CAL hasta el 20 de mayo del 2025.
RAÚL CANO RABANAL
Decano
TEÓFILO NOA APARI
Secretario General (e)
Lima, 16 de mayo del 2025


