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Revista del Foro 106



             de Impacto Ambiental y que se ha realizado las consultas locales conforme a la legislación

            vigente. Si la DOE confirma que las actividades del proyecto cumplen con todos los
            requisitos del MDL, la DOE enviara el informe de validación y la documentación del
            proyecto  a  la  UNFCCC  (Convenio  Marco  de  las  Naciones  Unidas  para  el  Cambio
            Climático), solicitando el registro de las actividades del proyecto.

         d.      Etapa 4. Registro o aceptación formal del Comité Ejecutivo de MDL (EB) a nivel
            UNFCCC de las actividades del proyecto MDL. Los ejecutores del proyecto deben pagar
            una tasa por gastos administrativos a la UNFCCC para el registro del proyecto (0,1
            USD/CER a 0,2 USD/ CER dependiendo de las reducciones de emisiones esperadas

            anuales en el primer año de operación).
         e.      Etapa  5.  Seguimiento,  durante  el  periodo  de  acreditación  de  la  actividad  del
            proyecto MDL (10 años o un periodo renovable de acreditación de siete años,  alcanzando
            un máximo de 21 años), el ejecutor de proyecto realiza un seguimiento de las reducciones

            de emisiones del proyecto de acuerdo a la línea de base seleccionada, la metodología de
            seguimiento y el plan de seguimiento incluido en el PDD. Enviar informe de seguimiento
            con una estimación de los CER generados a la DOE correspondiente.
          f.     Etapa  6. Verificación.  Consiste  en  una  revisión  independiente  periódica  y  una

            determinación a posteriori por la DOE, sobre las reducciones de emisiones. La DOE
            deberá determinar que el informe de seguimiento cumple con los requerimientos de los
            PDD registrados; realizar inspecciones in situ; revisar los resultados del seguimiento y la
            aplicación de las metodologías de seguimiento; recomendar cambios en las metodologías

            de seguimiento; determinar las reducciones de emisiones generadas por el proyecto;
            emitir un informe de verificación. Finalmente, la DOE envía la solicitud de emisión de los
            CER verificados al Comité Ejecutivo.
         g.      Etapa 7. Emisión del CER (Certificados de Reducción de Emisiones) Una
            vez recibida la solicitud de la emisión, el Comité ejecutivo publica los CER dentro














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